El leasing supone el arrendamiento financiero de un bien mueble con derecho de opción de compra, mediante el pago periódico de unas cuotas deducibles fiscalmente.
Finalizado el período contractual, el arrendatario puede adquirir la propiedad del bien haciendo uso de su derecho de opción de compra.
El leasing mobiliario le permitirá:
- Financiar el 100% de la inversión a realizar en toda clase de bienes muebles relacionados con su actividad económica en explotaciones agrícolas, pesqueras, industriales, comerciales, artesanales, de servicios, profesionales... En definitiva, todo lo que pueda considerarse bienes de equipo productivos.
- Podrá deducir la cuota del leasing como gasto fiscal. Además, en la mayoría de los casos, el impuesto indirecto (IVA o IGIC) que grava las cuotas de su leasing también es deducible.
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